lunes, abril 6, 2026
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Entra en vigencia el nuevo Código Procesal del Trabajo en Colombia con cambios en la justicia laboral

A partir de este 6 de abril de 2026, entra en vigencia en Colombia la Ley 2452 de 2025, que establece el nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, una reforma que introduce cambios estructurales en la forma en que se tramitan los procesos laborales en el país.

La norma es considerada uno de los avances más significativos en materia de derecho laboral, al buscar una justicia más ágil, digitalizada y eficiente mediante el uso de la virtualidad y herramientas tecnológicas.

Principales cambios del nuevo Código Procesal

Entre las modificaciones más relevantes se encuentran la eliminación de los procesos de única instancia, dando paso al modelo de doble instancia en materia laboral.

Además, el nuevo código incorpora el uso de tecnologías digitales para agilizar los trámites judiciales y establece reglas más precisas de competencia jurisdiccional, con el fin de evitar vacíos normativos.

Otro de los cambios importantes es la posibilidad de solicitar y ordenar medidas cautelares dentro de los procesos ordinarios laborales, lo que fortalece la protección de los derechos de los trabajadores.

Asimismo, se definieron disposiciones para reducir la remisión al Código General del Proceso (CGP) y se estableció un régimen de transición de un año para los procesos que ya estaban en curso antes de la entrada en vigencia de la norma.

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Reestructuración de la justicia laboral

En el marco de la implementación, el Consejo Superior de la Judicatura expidió el Acuerdo PCSJA25-12405 del 27 de marzo de 2026, mediante el cual se trazó un plan de acción basado en cuatro ejes: fortalecimiento del talento humano, modernización tecnológica, capacitación y adecuación de infraestructura judicial.

Como parte de esta reorganización, se crearon 106 cargos para la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, además de seis juzgados laborales del circuito y 18 juzgados de pequeñas causas y competencia múltiple en distintas regiones del país.

También se ajustó la denominación de los juzgados de pequeñas causas laborales y se estableció que los procesos en municipios sin juzgado laboral serán remitidos a juzgados del circuito o promiscuos, según corresponda.

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