viernes, abril 18, 2025
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Procuraduría sanciona al exalcalde William Dau por llamar “nido de ratas” a funcionarios

La Procuraduría General de la Nación sancionó disciplinariamente al exalcalde de Cartagena, William Jorge Dau Chamatt, por emitir expresiones injuriosas contra funcionarios de ese mismo ente de control. En un pronunciamiento público realizado el 12 de diciembre de 2022, el entonces mandatario calificó a la Procuraduría como un “nido de ratas”, incurriendo en una falta que, según el Ministerio Público, vulnera de manera directa los principios de la moralidad administrativa, el respeto y la dignidad humana.

El análisis disciplinario establece que la conducta del exalcalde se apartó gravemente de su deber como servidor público. “Su comportamiento no fue accidental ni espontáneo; actuó con conocimiento y voluntad para menoscabar la honra de los funcionarios”, señala el informe de la Procuraduría, que resalta cómo sus palabras afectaron no solo a personas individuales, sino también la confianza institucional.

La dignidad humana, eje central del fallo disciplinario

La Procuraduría sustentó su decisión en fundamentos constitucionales y legales, entre ellos el artículo 1 de la Constitución Política, que reconoce la dignidad humana como principio fundante del Estado social de derecho. En concordancia, el fallo indica que el exalcalde, al emitir expresiones como “ratas” y “nido de ratas”, transgredió el buen nombre de los servidores públicos, promoviendo un discurso de desprestigio y desconfianza en lugar de fomentar el respeto por las instituciones.

Además, el ente de control citó la Ley 489 de 1998, que impone a todos los servidores públicos la obligación de actuar con moralidad, legalidad, eficiencia y respeto. “Un servidor público no puede utilizar el poder conferido por el voto popular para deslegitimar a quienes cumplen funciones de vigilancia y control”, concluye el fallo.

Un mensaje claro: el poder no exime del respeto a la ley

Este caso envía un mensaje contundente a quienes ocupan cargos de poder: la autoridad no otorga licencia para vulnerar los principios constitucionales ni la integridad de los demás servidores públicos. Al contrario, les exige el ejemplo. El Ministerio Público recordó que, en su rol como alcalde, William Dau debía salvaguardar los valores institucionales y representar con altura a la ciudadanía que lo eligió.

El fallo, además, se convierte en un referente nacional sobre cómo debe interpretarse la moralidad administrativa en contextos de confrontación política, demostrando que la crítica no puede cruzar los límites de la dignidad, el debido proceso y el respeto por las instituciones.

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