El Consejo de Estado concluyó que el presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) vulneró los derechos fundamentales del antiguo secretariado de las FARC al no responder de fondo una solicitud presentada en el marco de los procesos de justicia transicional.
La sentencia SRT-ST-204-2025 precisó que los exintegrantes del secretariado pidieron que sus casos fueran tratados bajo una resolución única de conclusiones, en línea con lo pactado en el Acuerdo de Paz de 2016. Sin embargo, la JEP avanzó con resoluciones separadas para delitos como secuestro y reclutamiento de menores, sin dar respuesta judicial adecuada a esa petición.
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El alto tribunal indicó que el presidente de la JEP emitió un comunicado administrativo en lugar de una decisión jurídica sustentada, lo que afectó el debido proceso y la participación de los comparecientes. Por esa razón, el Consejo de Estado ordenó contestar la solicitud de fondo y con las garantías que establece la normatividad.
La decisión también advierte que la JEP debe equilibrar los derechos de las víctimas y las garantías procesales de los excombatientes, evitando actuaciones que puedan interpretarse como arbitrarias.
Este fallo abre un debate sobre los límites de la presidencia de la JEP y la necesidad de que sus decisiones se mantengan dentro del marco de la Constitución y el Acuerdo de Paz, en un momento en el que la legitimidad de la justicia transicional sigue en discusión.