La Corte Constitucional estableció que los familiares de los líderes y defensores de derechos humanos amenazados en Colombia también deben ser destinatarios de medidas de protección por parte del Estado, al fallar una tutela a favor de una lideresa indígena a quien la Unidad Nacional de Protección (UNP) le redujo su esquema de seguridad de manera injustificada pese al asesinato de su esposo y a las constantes intimidaciones contra su núcleo familiar.
El pronunciamiento del alto tribunal (Sentencia T-335 de 2025) busca corregir las fallas en la valoración de riesgo que ponen en peligro no solo a los defensores, sino también a su entorno más cercano, en un contexto de violencia persistente contra esta población.
La Corte recordó que los líderes sociales son sujetos de especial protección constitucional y que su labor es fundamental para la democracia, advirtiendo sobre las alarmantes cifras de violencia, como los 1.557 asesinatos registrados por la Defensoría del Pueblo desde 2016 hasta abril de 2025.
Las fallas sistemáticas en la evaluación de riesgo
La decisión de la Corte se fundamentó en el caso de ‘Ana’, una mujer indígena, líder de su comunidad y miembro de la mesa de víctimas, quien ha sufrido desplazamientos forzados, hostigamientos y amenazas. A pesar del asesinato de su esposo en agosto de 2024, la UNP decidió modificar su esquema de protección, que inicialmente incluía un escolta y apoyo de transporte, para dejarla únicamente con un chaleco blindado y un medio de comunicación.
El tribunal identificó un patrón de deficiencias en el actuar de la UNP que vulneran el debido proceso y ponen en riesgo la vida de los protegidos. La Corte estableció que la entidad no puede basar sus decisiones en valoraciones “contradictorias y erradas” que desvirtúan el liderazgo de una persona, sobre todo cuando existen certificaciones oficiales que lo acreditan.
Asimismo, sentó como regla que la falta de avance en las investigaciones penales por parte de la Fiscalía General de la Nación no puede ser utilizada como argumento para disminuir el nivel de riesgo de una persona amenazada. Según la Corte, esto equivale a trasladar a la víctima las consecuencias de la ineficacia del sistema judicial.
El fallo también fue enfático en que cualquier reducción de un esquema de seguridad debe fundarse en una “disminución relevante y probada del nivel de riesgo”, y no en cambios insustanciales o arbitrarios. La UNP está obligada a presentar una motivación técnica detallada que justifique por qué las nuevas medidas son idóneas y eficaces.
Finalmente, la Corte exigió la aplicación obligatoria de un enfoque diferencial en todos los análisis. Explicó que se deben considerar los riesgos específicos que enfrentan las personas por su género, pertenencia étnica u orientación sexual, ya que la combinación de estas condiciones puede aumentar su vulnerabilidad.
Más allá de amparar a la líder indígena, la Corte emitió órdenes de alcance general. Dejó sin efectos las resoluciones que redujeron la protección de ‘Ana’ y ordenó a la UNP reestablecer su esquema original de forma inmediata, además de realizar una nueva valoración completa en un plazo de cinco días. Dicho estudio deberá incluir un análisis del riesgo de su núcleo familiar, compuesto por su hijo, su hija embarazada y su nieto de dos años.
También se le ordenó a la Fiscalía General de la Nación impulsar, en un término de tres meses, las investigaciones por los delitos cometidos contra la defensora y su familia, como un mecanismo para garantizar el derecho a la justicia efectiva y combatir la impunidad.
La violencia en cifras
El fallo de la Corte Constitucional se produce en medio de un panorama de violencia sostenida contra los defensores de derechos humanos en Colombia. Según cifras de la Defensoría del Pueblo citadas en la sentencia, entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2025 se confirmaron los asesinatos de 81 líderes y defensores en el país. La cifra acumulada de homicidios desde enero de 2016 asciende a 1.569 casos.
Otras organizaciones como Indepaz y Somos Defensores mantienen registros paralelos que, aunque presentan ligeras diferencias, coinciden en la alarmante tendencia. Indepaz reportó 173 asesinatos de líderes en 2024 y, para finales de septiembre de 2025, ya contabilizaba 150 casos, lo que representa un aumento del 19 % frente al mismo periodo del año anterior. Los liderazgos comunales e indígenas siguen siendo los más afectados.
El programa Somos Defensores verificó la ocurrencia de 727 agresiones individuales dirigidas contra esta población durante 2024, que incluyen 404 amenazas, 157 asesinatos, 62 detenciones, 44 desplazamientos forzados y 24 secuestros.
Este contexto de riesgo se agrava para ciertos grupos, como los líderes indígenas y defensores ambientales. El informe anual de 2024 de la Misión de Observación Electoral (MOE) señaló que los asesinatos y atentados representaron el 41,9 % de las agresiones contra líderes ese año.
De Colprensa