viernes, octubre 24, 2025
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El concurso amañado: vínculos, favores y silencios en la elección del Contralor de Cartagena

Primera entrega – Unidad Investigativa de Nación Colombia

La Unidad Investigativa del Sistema Informativo de Nación Colombia, a la que pertenece Nación Costeña, puso la lupa sobre el concurso para elegir al nuevo Contralor Distrital y descubrió una estructura de poder que mezcla vínculos familiares, favores políticos y silencios institucionales.
Lo que debía ser un proceso transparente terminó convertido en un espejo de las viejas prácticas de la ciudad: nepotismo, interferencia judicial y falta de control.

Este medio buscó en repetidas ocasiones al presidente del Concejo de Cartagena, Rafael Meza Pérez, para obtener una respuesta sobre las presuntas irregularidades del proceso. Meza aseguró que el jefe jurídico respondería, pero esto no ocurrió. La jefa de prensa, Sandra Guzmán, aseguró que le pasaría las preguntas al presidente y al jurídico; sin embargo, tampoco dio respuesta.

El caso más sensible involucra a Martha Luz Turizo Lobo, quien obtuvo el primer lugar en el examen de conocimientos. Turizo Lobo es esposa del magistrado Francisco Pascuales Hernández, actual presidente del Tribunal Superior de Cartagena, y al mismo tiempo mantiene vínculos académicos con la Universidad de Cartagena, la misma institución contratada por el Concejo para adelantar el concurso. Esa doble relación compromete la imparcialidad exigida por el artículo 209 de la Constitución Política, que ordena que toda actuación administrativa se rija por los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad.

Durante el desarrollo del proceso, el 6 de octubre de 2025, el presidente del Concejo, Rafael Enrique Meza Pérez, entregó una medalla de reconocimiento a la Universidad de Cartagena, justo cuando esa entidad ejecutaba el contrato del concurso.
Aunque el acto fue presentado como un homenaje institucional, su coincidencia con la ejecución contractual deja en entredicho la independencia del proceso.
Fue, en los hechos, un gesto de complacencia del contratante hacia el contratista en plena evaluación.

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La investigación también confirmó que Miguel Torres Marrugo, uno de los aspirantes, aparece en el SECOP II como contratista vigente del Distrito de Cartagena durante 2025, mediante un contrato por $36 millones. Esta situación configura una inhabilidad directa, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1904 de 2018, el artículo 272 de la Constitución Política y el artículo 174 de la Ley 136 de 1994.

El Consejo de Estado ha reiterado (sentencias 11001-03-28-000-2019-00012-00 de 2020 y 68001-23-33-000-2016-00515-01 de 2018) que basta la existencia del contrato dentro del mismo ente territorial para configurar la inhabilidad, sin importar el tipo de contrato o el monto del beneficio recibido.

Este medio conoció que, mientras el presidente del Concejo se negó a responder las preguntas que le envió este medio de comunicación, el candidato Miguel Torres Marrugo renunció discretamente a su aspiración. Su dimisión ocurrió horas después de que Nación Costeña le enviara a Rafael Meza Pérez el cuestionario sobre las presuntas irregularidades. Todo indica que el retiro buscó evitar un escándalo mayor.

Ni el presidente del Concejo, Rafael Meza Pérez; ni el jefe jurídico del Cabildo, Carlos Mario Cárdenas; ni la jefa de prensa, Sandra Guzmán, respondieron las preguntas enviadas por esta Unidad Investigativa.
Todos se comprometieron a hacerlo. Ninguno cumplió.

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El Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019) obliga a los servidores públicos a responder las solicitudes dentro de los términos legales y considera falta gravísima impedir el acceso a la información (artículos 34 y 35).
La omisión reiterada puede derivar en sanciones e incluso en responsabilidad penal por abuso de autoridad por omisión, prevista en el artículo 414 del Código Penal.
Además, la Ley 1712 de 2014 establece la obligación de divulgar información de interés público sin dilaciones injustificadas.
El silencio del Concejo no es un error administrativo: es una falta disciplinaria y un atentado contra el derecho ciudadano a la transparencia.

El proceso de elección del nuevo Contralor Distrital de Cartagena avanza bajo un manto de dudas. De mantenerse el concurso sin depuración, los concejales podrían enfrentar consecuencias disciplinarias severas.
El artículo 56 de la Ley 1952 de 2019 tipifica como falta gravísima elegir o postular a sabiendas a una persona inhabilitada, sancionable con destitución e inhabilidad de hasta veinte años. Cualquier elección realizada en esas condiciones sería nula de pleno derecho, conforme al artículo 137 de la Ley 1437 de 2011.

Fuentes internas del Concejo confirmaron que el silencio del presidente Rafael Meza Pérez no es fruto del descuido, sino del cálculo.
Mientras rehúye las preguntas de los medios, intenta proteger a los aspirantes cuestionados y mantener bajo reserva los acuerdos que sostienen un proceso cada vez más comprometido.
La historia apenas comienza.

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