El alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, ha causado revuelo con sus recientes declaraciones sobre una supuesta «guerra» contra los habitantes de calle. Esta postura revela una alarmante falta de comprensión y empatía hacia una de las poblaciones más vulnerables de nuestra sociedad. Mientras tanto, su colega en Cartagena, Dumek Turbay, parece ignorar los derechos de petición.
Un enfoque inadecuado
La decisión de Gutiérrez de recurrir a la represión y la estigmatización, en lugar de abordar las raíces de la pobreza y la exclusión, representa un enfoque fallido y poco humano. La mayoría de los habitantes de calle no son delincuentes; son seres humanos que merecen respeto y dignidad. La administración debe enfocarse en brindar apoyo y soluciones efectivas, no en criminalizar a quienes ya enfrentan múltiples desafíos.
Contradicciones en la estrategia municipal
La retórica del alcalde de Medellín es contradictoria. Mientras se dirige a los habitantes de calle como un problema, la ciudad sigue enfrentando graves cuestiones como la explotación sexual infantil, el narcotráfico y la violencia de grupos delictivos. La ciudadanía merece respuestas: ¿por qué no se actúa contra estos verdaderos delincuentes? Proteger a las víctimas de la explotación y la violencia debe ser la prioridad.
Falta de transparencia en Cartagena
Acciones legales
En Cartagena, la administración de Dumek Turbay se enfrenta a cuestionamientos por su falta de transparencia. El Juzgado Penal 010 de Control de Garantías respaldó a la organización Nación Costeña, que presentó un derecho de petición solicitando información sobre las inversiones y contratos de la Alcaldía. Sin embargo, la negativa de la oficina de prensa del alcalde a proporcionar esta información genera preocupación sobre el cumplimiento de la Ley 1712 de 2014, que regula el acceso a la información pública en Colombia.
Implicaciones de la Ley 1712 de 2014
Derecho de acceso a la información
La Ley 1712 de 2014 establece que las entidades estatales deben responder a los derechos de petición en un plazo máximo de 15 días hábiles. La falta de respuesta de la administración de Turbay ha llevado a acciones legales, lo que subraya la necesidad de rendición de cuentas.
Admisión de tutela por el juzgado
El juzgado admitió la acción de tutela y ha exigido que la Alcaldía proporcione un informe detallado en respuesta a la solicitud de Nación Costeña. Esta decisión enfatiza la obligación de la administración de garantizar el acceso a la información pública.
Sugerencias: Dumek no podrá seguir escondiendo información
Cumplimiento de plazos y responsabilidades
El juzgado ha fijado un plazo de dos días hábiles para que la Alcaldía entregue el informe completo. Además, ha solicitado que se identifiquen a los funcionarios responsables de cumplir con esta orden, destacando la importancia de actuar con rapidez y responsabilidad.
Repercusiones para la administración
El juzgado podría aceptar como como ciertos los hechos presentados por Nación Costeña, porque la Alcaldía de Cartagena no cumple con el plazo establecido. Este fallo podría acarrear serias repercusiones legales para la administración de Turbay, evidenciando una falta de transparencia en su gestión.
La transparencia como pilar democrático
El acceso a la información pública es un derecho fundamental en cualquier democracia. La Ley 1712 de 2014 garantiza que los ciudadanos puedan acceder a información sobre la gestión pública, incluidos contratos e inversiones de las administraciones. Este caso resalta la importancia de que la administración de Dumek Turbay actúe con prontitud y transparencia en sus gestiones.