miércoles, diciembre 31, 2025
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Otorgan libertad condicional a Jorge Luis Alfonso López, ‘El Gatico’, en Barranquilla

La jueza sexta de ejecución de penas y medidas de seguridad de Barranquilla ordenó conceder la libertad condicional a Jorge Luis Alfonso López, conocido como ‘El Gatico’ e hijo de la fallecida empresaria del chance Enilce López, tras expedir un auto interlocutorio que fue notificado a la cárcel El Bosque y al Inpec para su liberación inmediata, siempre que no sea requerido por otra autoridad.

La orden quedó consignada en el oficio fechado el 29 de diciembre de 2025, en el que el despacho informó que “a través de auto interlocutorio N.° 704 de la fecha, este juzgado concedió el subrogado penal de libertad condicional al señor Jorge Luis Alfonso López”, e indicó de manera expresa: “sírvase dejarlo en libertad siempre y cuando no sea requerido por otra autoridad”.

La decisión fue firmada por la jueza Carmen Luisa Terán Suárez, titular del Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, dentro del proceso por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir, por los cuales Alfonso López cumplía condena en el establecimiento penitenciario El Bosque.

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En los argumentos del despacho se señaló que la medida se sustentó en la evaluación del comportamiento del condenado durante su permanencia en prisión, al destacar su conducta y disciplina, así como las actividades realizadas para acceder a redenciones de pena, información que fue aportada por su defensa y verificada en el expediente.

De acuerdo con el auto, el juzgado tuvo en cuenta certificaciones que acreditaron “redenciones de pena por concepto de trabajo y estudio, calificando las mismas como buenas y ejemplares”, y precisó que estas actividades “han sido pilar fundamental para su proceso de resocialización”, junto con la realización de “diferentes estudios de educación superior con universidades que tienen convenio con el Inpec”.

El despacho también consignó que Alfonso López cumplió 210 meses y 18 días de una condena de 231 meses y 27 días, un tiempo que, junto con las redenciones de pena y la evaluación de su conducta, fue determinante para conceder el subrogado penal de libertad condicional.

En el documento judicial, la jueza explicó que “el despacho considera, con el análisis realizado sobre el comportamiento del condenado durante el período de reclusión intramural, que este no necesita continuar con el tratamiento penitenciario”, y añadió que la libertad condicional “permite a la persona privada de la libertad cumplir su condena fuera del sitio de reclusión, cumpliendo una serie de obligaciones”.

La providencia concluyó que esta situación “estimula positivamente a la persona privada de la libertad que ha demostrado verdadera readaptación de carácter social” y señaló que la medida cumple la función rehabilitadora prevista en el sistema penitenciario, razones por las cuales se ordenó su ejecución inmediata mediante la notificación a la cárcel El Bosque de Barranquilla.

De Colprensa

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