La Procuraduría General de la Nación lanzó un fuerte cuestionamiento contra EMCALI por la forma en que respondió a las observaciones sobre el proceso de alianza estratégica para el servicio de alumbrado público en Cali, al considerar que la empresa evadió respuestas de fondo, incurrió en ambigüedades y omitió información clave solicitada por el ente de control.
En un oficio fechado el 5 de diciembre de 2025, la Procuraduría Delegada Primera para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública advirtió que EMCALI no definió un procedimiento contractual claro, con etapas, plazos y reglas públicas, lo que impide establecer si el proceso de selección del aliado estratégico se encuentra en planeación, abierto o en ejecución.
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El ente de control señaló que, aunque EMCALI afirmó no haber iniciado formalmente un proceso contractual, sí envió invitaciones no vinculantes a posibles interesados sin aportar soportes documentales que las ubiquen dentro de una etapa formal de planeación. Para la Procuraduría, esta actuación genera riesgos directos a los principios de transparencia, publicidad y debido proceso.
La Procuraduría también cuestionó que EMCALI sustentara su respuesta en normas del Estatuto General de Contratación Pública, pese a que la propia empresa reconoce que su régimen contractual se encuentra exceptuado de ese marco normativo. Según el organismo, esta argumentación no resolvió los requerimientos relacionados con el contrato de consultoría suscrito con Moreno Servicios Legales S.A.S.
Sobre ese contrato, el ente de control indicó que EMCALI no precisó qué actuaciones realizó tras su finalización, ni qué requerimientos concretos formuló durante la etapa de liquidación. En su lugar, entregó respuestas generales que impiden verificar el cumplimiento de obligaciones contractuales y el uso de recursos públicos.
Otro punto crítico se centró en la falta de publicación de información en el SECOP II. La Procuraduría recordó que la Ley 2195 de 2022 obliga a publicar documentos contractuales desde la etapa precontractual, incluso si el proceso no se considera formalmente iniciado. La omisión de esta información bloquea el acceso ciudadano y debilita el control social.
Ante este escenario, la Procuraduría exhortó a EMCALI a reiniciar el proceso, definir un procedimiento público previo, establecer un cronograma completo y garantizar la publicidad total de la actuación contractual desde su fase inicial.
Finalmente, el ente de control otorgó a EMCALI un plazo de tres días para entregar una respuesta detallada, clara y documentada, y advirtió que la evasión u omisión de información podría configurar una vulneración de los deberes de los servidores públicos.


