jueves, junio 12, 2025
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¿Puede un menor como el que disparó a Miguel Uribe pagar como adulto?

La captura de un adolescente de 15 años señalado como presunto responsable del atentado contra el senador Miguel Uribe Turbay, perpetrado este sábado en Bogotá, reactivó un debate jurídico sobre la posibilidad de juzgar a menores de edad como adultos.

Aunque sectores de la opinión pública han exigido “mano dura”, especialistas en derecho penal y defensores de la niñez advirtieron que los menores no pueden recibir el mismo tratamiento judicial que un adulto, tanto por sus condiciones de desarrollo como por los compromisos internacionales asumidos por el país.

Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, explicó que el país se rige por tratados internacionales que establecen un sistema penal diferenciado para menores de edad. Señaló que en este régimen “no se habla de medidas de aseguramiento, sino de internamiento” y que “las sanciones no son penas en sentido estricto, sino medidas que buscan proteger, rehabilitar y educar al menor”.

La Ley 1098 de 2006 o el Código de la Infancia y la Adolescencia establece que los adolescentes entre los 14 y los 18 años pueden recibir sanciones que van desde los dos hasta los ocho años, dependiendo de la gravedad del delito. Estas sanciones pueden cumplirse hasta que el joven cumpla 21 años, siempre en centros especializados y no en cárceles para adultos.

“¿Es válido plantear que se aplique el régimen de los adultos? La respuesta es: No. Existen tratados internacionales sobre la materia”, concluyó Bernate. Aclaró que, aunque es legítimo abrir un debate para encontrar “un punto intermedio”, no se puede aplicar una pena como la cadena perpetua a un menor de 14 años, dado que existen diferencias en cuanto al desarrollo mental y la capacidad de comprensión.

El menor señalado de disparar contra el senador Uribe permanece hospitalizado tras una operación a causa del disparo que recibió mientras huía. Según confirmó la fiscal general, Luz Adriana Camargo, su captura fue legalizada, aunque aún no ha podido ser interrogado.

El ente acusador solicitará medida de internamiento, pero de forma excepcional pedirá que esta se cumpla en el búnker de la Fiscalía y no en una institución del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

Como la medida es excepcional, el ente investigador está adecuando un espacio en el búnker. “No estaría en una celda. Acá en el búnker no hay celdas. Su lugar de reclusión estaría en un lugar que se está diseñando para que el menor pueda recibir el acompañamiento del ICBF”.

Bernate, por su parte, indicó que la Fiscalía sí cuenta con unas celdas transitorias en el búnker. “He tenido casos en los que los tienen, literalmente, en una oficina y los custodian. Si es algo transitorio, con todos los cuidados, es viable”, añadió. Sin embargo, reiteró que “la Fiscalía no tiene ni las condiciones, ni las instalaciones, ni la autorización para que él permanezca allí de manera definitiva”.

¿SE PUEDE REDUCIR LA EDAD PENAL EN COLOMBIA?

Alejandro Ruiz Caicedo, consultor en derechos de la infancia y la adolescencia y profesor de la Universidad Nacional de Colombia, fue enfático: “Reducir la edad penal irrespeta el desarrollo evolutivo de los niños y adolescentes”. Argumentó que el desarrollo del lóbulo frontal, responsable de analizar las consecuencias de los actos, se completa después de los 21 años, por lo cual el sistema penal juvenil se aplica entre los 14 y los 18 años.

Advirtió que reducir la edad penal conllevaría a la criminalización de la pobreza, pues muchos adolescentes en conflicto con la ley provienen de contextos de exclusión y desplazamiento. “De los 1.103 municipios de Colombia, en 618 existe riesgo de reclutamiento de menores”, subrayó.

También afirmó que “los adolescentes no empiezan a delinquir de la nada”, y que detrás de estos actos suelen estar el abandono, la deserción escolar, la pobreza extrema y el reclutamiento por parte de redes criminales. “Aplicar cadena perpetua a un niño es castigar al instrumento, no al determinador del crimen”, enfatizó.

DERECHOS DE LA INFANCIA VS. “MANO DURA”

Desde una visión de derechos, Alexandra Correa, periodista de Deutsche Welle y defensora de la niñez, aseguró que el caso evidencia un fracaso social. “La situación de un adolescente involucrado en un hecho tan grave devela una sociedad y Estado que le falló y falla a la niñez”, manifestó. Agregó que muchos niños crecen sin familia, expuestos al maltrato, abuso y abandono estatal, sin acceso a educación o futuro.

Correa se opuso tajantemente a bajar la edad penal: “El castigo no repara ni cambia el rumbo de las cosas. La pedagogía, el cuidado y la presencia estatal, sí”. Afirmó que los niños sicarios son “un reflejo de una sociedad indiferente, dolida, abandonada” y que la solución no está en castigar con mayor severidad sino en garantizar educación, protección y oportunidades.

Agregó que “bajar la edad en el sistema de responsabilidad penal, es desconocer que los niños, niñas y adolescentes tienen derechos prevalentes y no pueden equipararse a los delitos que cometen los adultos”.

“La mano dura debe ser contra quienes utilizan, instrumentalizan a estos niños”, subrayó. También explicó que, aunque los adolescentes sí enfrentan procesos judiciales desde los 14 años, el enfoque debe seguir siendo restaurativo y no punitivo.

Explicó que la niñez es “vulnerable” y “frágil”, por lo que es necesario cerrarle las puertas al crimen organizado, que los utiliza, instrumentaliza y recluta para la violencia, aprovechando su inmadurez.

“Es con una familia amorosa, presente, educada en la no violencia, con acceso a educación gratuita, oportunidades y futuro, que podemos arrebatarles a los criminales a estos niños que cometen delitos por la ausencia familiar y estatal”, sentenció la activista.

Para Ruiz Caicedo, la clave está en una prevención integral desde la infancia. “En Colombia aún no tenemos una cobertura educativa del cien por ciento”, alertó. En zonas PDET —afectadas por el conflicto armado— la deserción escolar alcanza el 48%. Estos vacíos son aprovechados por redes criminales que reclutan menores en calles y parques, a cambio de dinero o bajo amenazas.

Citó como ejemplo los Centros Forjar, implementados en ciudades como Bogotá y Medellín, donde los adolescentes bajo medida del SRPA acceden a formación académica y desarrollo psicosocial. Además, mencionó programas como ‘Sueños’, del ICBF, que apoyan el acceso a educación técnica y universitaria para jóvenes en conflicto con la ley.

LA REFORMA AL SRPA

La reforma al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), impulsada por el Gobierno, plantea una apuesta por la justicia restaurativa y terapéutica como ejes para prevenir la reincidencia delictiva entre los jóvenes en conflicto con la ley.

La iniciativa, radicada en el Congreso por el Ministerio de Justicia y la Judicatura con el apoyo del ICBF, introduce 101 artículos que reorganizan el sistema, crea reglas claras para investigar, sancionar e intervenir, y prioriza la reparación del daño y la reintegración social de los adolescentes.

El SRPA fue creado con el Código de Infancia y Adolescencia en 2006 como una respuesta especializada y pedagógica frente a los delitos cometidos por menores de 18 años.

A lo largo de casi dos décadas, el SRPA ha representado un avance en materia de justicia juvenil, pero también ha evidenciado limitaciones operativas, vacíos normativos y dificultades para atender adecuadamente las particularidades de esta población.

El proyecto de ley No. 416 propone una transformación estructural del SRPA. Uno de los cambios clave es la inclusión de la justicia restaurativa como mecanismo central, con procesos que involucren activamente a las víctimas, las familias y las comunidades, para que el adolescente reconozca su responsabilidad y repare el daño causado.

La iniciativa también contempla la justicia terapéutica, dirigida a adolescentes con necesidades específicas, como el consumo problemático de sustancias. Mediante programas de intervención, seguimiento judicial y acompañamiento psicosocial, se busca atender las causas que originaron su conducta delictiva.

“La necesidad de esta reforma surge a partir de las limitaciones identificadas por el Sistema, limitaciones que no solamente impedían generar una estructura coherente con la aplicación de esta ley, sino que, sobre todo, entregaban una respuesta inadecuada a los jóvenes que estaban dentro del mismo”, explicó la ministra de Justicia y del Derecho, Ángela María Buitrago.

“Apostamos por una justicia restaurativa, que ponga en el centro a las víctimas, que invite al joven a reconocer su responsabilidad —más allá de una simple confesión procesal— y que permita restablecer el tejido social que se ha visto afectado por la conducta delictiva”, destacó el presidente del Consejo Superior de la Judicatura, Jorge Enrique Vallejo Jaramillo.

LAS CIFRAS

Según ICBF, la tasa de reincidencia en el SRPA es del 19,9%. Esto significa que aproximadamente uno de cada cinco adolescentes que ingresa al sistema vuelve a cometer un delito.

En cuanto a los perfiles de los adolescentes vinculados al sistema, la mayoría tiene entre 16 y 18 años, siendo este el rango de edad con mayor incidencia en delitos, según datos del Concejo de Bogotá y el ICBF.

La participación masculina es significativamente mayor: hasta 2019 se registraron 221.713 hombres frente a 29.744 mujeres, lo que refleja una proporción de 10 a 1.

Muchos de estos jóvenes provienen de entornos de pobreza o vulnerabilidad. Factores como el bajo nivel de escolaridad, el consumo de sustancias psicoactivas, la disfunción familiar y la exposición a la violencia son comunes, de acuerdo con el ICBF y la herramienta GIRA.

En cuanto a los delitos más frecuentes, se destacan el hurto (20,8% en regiones como Valle del Cauca), el tráfico, fabricación o porte de estupefacientes (25,4%) y el porte ilegal de armas (25,8%). Los delitos sexuales, como el acto sexual con menor de 14 años o el acceso carnal abusivo, representan cerca del 5% en ciudades como Bogotá.

La capital tiene el mayor número de aprehensiones de menores. En 2021, la Defensoría del Pueblo reportó 7.754 adolescentes vinculados al SRPA a nivel nacional, con la capital destacando por su volumen poblacional y problemáticas urbanas.

En Cali se concentra el 48,5% de las aprehensiones del Valle del Cauca, con una tasa de 31 por cada 10.000 adolescentes, superando la media nacional de 22. Municipios como Sevilla (68 por 10.000) y Tuluá (55 por 10.000) también presentan cifras elevadas.

Todos los expertos coinciden en que reducir la edad penal no es la solución. La prevención, el acompañamiento familiar, la inversión en educación y la garantía de derechos fundamentales son el camino para evitar que más menores terminen siendo instrumentalizados por estructuras criminales.

Como concluyó Ruiz Caicedo, “ni la persona afectada ni la sociedad sentirían que se está haciendo justicia si no se aborda el problema desde la raíz: la protección del desarrollo humano y la prevención del delito desde la niñez”.

Mientras se define su situación jurídica, la Fiscalía adelanta las gestiones para asegurar un lugar seguro y transitorio para el menor implicado en el atentado. La legalización de su captura ya fue realizada y se espera que, en cuanto su salud lo permita, sea imputado formalmente por intento de homicidio y porte ilegal de armas.

De Colprensa para Nación Costeña.

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