La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) confirmó la sanción impuesta a Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. BIC (Movistar), por $670 millones, por el incumplimiento de deberes relacionados con el tratamiento de datos personales.
Según la SIC, a partir de una denuncia, la Dirección de Investigaciones de Protección de Datos Personales investigó y sancionó a Colombia Telecomunicaciones por contactar de forma reiterada y con fines comerciales a usuarios de otra empresa de telecomunicaciones a través de mensajes de texto, WhatsApp y llamadas telefónicas, sin contar con la autorización previa, expresa e informada de dichos titulares.
Una vez estudiado el recurso de apelación, la Delegatura para la Protección de Datos Personales aseguró que las acciones de Movistar vulneraron el “derecho fundamental al habeas data protegido por la Constitución y por las leyes”, confirmando así la decisión sancionatoria.
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Al momento de justificar el tipo y el monto de la sanción impuesta, la Delegatura recordó que el derecho a la protección de datos personales funciona como una “garantía de los derechos fundamentales a la intimidad y a la tranquilidad, ligados al valor del respeto por la vida privada”, tanto de las personas inicialmente referenciadas en la denuncia, como de otras personas en situaciones similares.
La Superintendencia de Industria y Comercio rechazó la continuidad de esta práctica y recordó que contactar directamente a los titulares de datos personales con fines publicitarios o de prospección comercial, sin su consentimiento expreso, no es legítimo.
De Colprensa


