La defensa de Sneyder Augusto Pinilla Álvarez, exsubdirector de Manejo de Desastres de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), solicitó que se respete su derecho constitucional a guardar silencio frente a cualquier pregunta que pueda derivar en nuevas consecuencias penales dentro del escándalo de corrupción que sacude a esa entidad.
El pronunciamiento fue presentado ante la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia en el marco del proceso que involucra a la senadora Martha Isabel Peralta Epieyú.
La defensa sostiene que cualquier interrogante relacionado con reuniones, comunicaciones, decisiones administrativas, contratistas, congresistas, funcionarios públicos o terceros con los que Pinilla tuvo contacto durante su paso por la UNGRD podría exponerlo a nuevas responsabilidades penales.
El foco está en las conversaciones del celular
Uno de los puntos más sensibles del escrito se relaciona con las conversaciones encontradas en el teléfono celular que el propio Pinilla entregó voluntariamente a las autoridades como parte de su proceso de cooperación con la justicia.
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La defensa argumenta que la entrega del dispositivo no puede interpretarse como una renuncia total a sus garantías constitucionales ni como una autorización para obligarlo a explicar, autenticar o ampliar cualquier conversación contenida en ese equipo.
Según el documento, algunas de esas comunicaciones han sido divulgadas públicamente y podrían utilizarse para abrir nuevas líneas de investigación o construir hipótesis penales adicionales.
La defensa advierte riesgo de autoincriminación
El abogado Juan Camilo Fuentes Rueda sostiene que Pinilla mantiene intacto el derecho consagrado en el artículo 33 de la Constitución Política, que protege a cualquier persona de ser obligada a declarar contra sí misma.
La defensa insiste en que la colaboración judicial que ha prestado el exfuncionario no significa una renuncia ilimitada a sus derechos fundamentales y que cualquier cooperación debe mantenerse dentro de los límites establecidos en el principio de oportunidad acordado con las autoridades.
Además, que el Estado no puede utilizar una colaboración voluntaria para extender interrogatorios a hechos que podrían comprometer penalmente al compareciente por fuera de los acuerdos previamente definidos.
¿Qué busca concretamente la defensa?
Entre las solicitudes presentadas ante la Corte, la defensa pide que se reconozca expresamente el derecho de Pinilla a no responder preguntas relacionadas con hechos ocurridos durante su gestión en la UNGRD cuando estos no formen parte del marco específico de cooperación previamente acordado.
También solicita que el ejercicio del derecho a guardar silencio no sea interpretado como falta de colaboración, obstrucción a la justicia, evasión o un indicio de responsabilidad penal.
En la práctica, el documento busca fijar límites claros a futuras diligencias judiciales y evitar que la información suministrada por el exfuncionario en calidad de colaborador termine siendo utilizada para construir nuevos procesos en su contra.
La principal advertencia de la defensa es que colaborar con la justicia no implica renunciar a las garantías constitucionales, especialmente cuando las respuestas podrían abrir nuevas investigaciones o aumentar los riesgos penales para quien coopera con las autoridades.



