El comité de huelga, integrado por diversas organizaciones sindicales, expresa su rechazo a la retención ilegal de salarios por parte de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo. Esta acción resulta abusiva e ilegal, ya que se ejecutó sin la autorización del trabajador ni una orden judicial, vulnerando así los derechos fundamentales establecidos en la Constitución.
Violación de derechos laborales
El derecho al salario se considera fundamental, según el Artículo 53 de la Constitución Política de Colombia, que protege su intangibilidad. El Consejo de Estado, en la Sentencia 15682 de 2011, aclara que cualquier retención debe sustentarse legalmente. Sin una autorización o una orden judicial, esta retención se considera ilegal.
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Jurisprudencia sobre la naturaleza del salario
La Corte Constitucional, en fallos como la Sentencia T-407 de 1992 y la Sentencia T-476 de 1997, ha dejado claro que el salario tiene naturaleza alimentaria y goza de protección especial. La retención injustificada afecta el mínimo vital y la dignidad humana, exponiendo a los trabajadores a situaciones de vulnerabilidad.
Posibles delitos en la retención de salarios
Las acciones de la Secretaría General podrían constituir delitos bajo el Código Penal Colombiano:
- Abuso de confianza: El empleador abusa de la confianza al retener el salario.
- Estafa: El empleador induce al trabajador a error sobre su salario.
- Hurto: La apropiación indebida del salario sin justificación legal.
Demandas del comité de huelga
El comité exige la devolución inmediata de los salarios retenidos y solicita a la Fiscalía General de la Nación que inicie investigaciones. Es vital proteger los derechos de los trabajadores, quienes dependen de sus salarios para subsistir.
Estos actos que amenazan el bienestar y la estabilidad de los trabajadores no pueden ser tolerados. El comité hace un llamado urgente a la justicia para investigar y sancionar estos hechos, garantizando así el respeto por los derechos laborales en Colombia.