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COLUMNA DE OPINIÓN El engorde de títulos mineros: el latifundio del subsuelo

Por César Augusto Valencia Mosquera

El engorde de títulos mineros: el latifundio del subsuelo

Por qué democratizar la minería exige una política pública y, al final del camino, un nuevo delito bien redactado

Una cooperativa de mineros del Pacífico hace todo lo que el Estado le pide. Se constituye legalmente, se inscribe en el RUCOM, renuncia al mercurio, contrata un geólogo y radica su solicitud ante la autoridad minera. La respuesta llega meses después: el área está superpuesta con un título vigente. El dueño de ese título no ha abierto un socavón, no ha contratado a un solo trabajador de la zona y nadie en la vereda lo conoce. Tiene el papel, pero no tiene la mina. Y mientras lo conserve, nadie más podrá tenerla.

A eso le llamo el engorde de títulos mineros: acumular derechos sobre el subsuelo no para explotarlos, sino para esperar, revender o bloquear. Es la versión minera del viejo latifundio improductivo, con una diferencia: este no se ve desde la carretera.

La tesis

Colombia no podrá derrotar la minería ilegal mientras la minería legal siga siendo un club cerrado. Cuando el acceso formal está bloqueado por títulos inactivos, al pequeño minero le quedan dos caminos: renunciar a su oficio o trabajar por fuera de la ley. La especulación con títulos es, por tanto, una de las fábricas silenciosas de la ilegalidad, y combatirla es también una estrategia de seguridad.

Lo que dicen las cifras

Según la Agencia Nacional de Minería, apenas el 5 % del territorio nacional está titulado para minería, y de ese porcentaje solo una fracción cercana a la quinta parte está efectivamente en explotación; el resto se encuentra en exploración o en construcción y montaje. Buena parte de esa brecha es legítima: explorar toma años y la ley lo permite. Pero dentro de ella se esconde otra realidad, la de títulos que llevan años sin una obra verificable, sostenidos únicamente con el pago del canon, mientras comunidades enteras esperan turno.

Conviene decirlo con precisión, porque el debate se ha contaminado de prejuicios: el problema no es quién es el titular, sino qué hace con el título. La misma ANM ha reportado que la mayoría de los títulos está en manos de personas naturales. El especulador puede ser una multinacional, pero también un intermediario local con testaferros. La política pública debe perseguir la conducta, no el pasaporte del inversionista.

La lección que dejó el delito de baldíos

La comparación con los baldíos es inevitable, y precisamente por eso debe hacerse con cuidado. En 2021, la Ley 2111 creó el delito de apropiación ilegal de baldíos de la Nación. Un año después, la Corte Constitucional lo declaró inexequible en la Sentencia C-411 de 2022, por desconocer los principios de estricta legalidad y proporcionalidad. El legislador quiso castigar una conducta real, pero redactó un tipo penal tan amplio que terminaba cobijando a quien simplemente ocupara o utilizara la tierra.

Esa es la advertencia para la minería: si el nuevo delito castiga la mera inactividad de un título, correrá la misma suerte. La inactividad es un incumplimiento contractual, y para eso existe el derecho administrativo. El derecho penal solo debe entrar cuando hay fraude.

Primero el Ejecutivo: una política pública de democratización minera

Antes de pedirle al Congreso un nuevo delito, el Gobierno tiene en sus manos herramientas que puede activar de inmediato, sin reforma legal alguna:

1. Barrido nacional de títulos inactivos. Que la ANM cruce la información de fiscalización, publique en datos abiertos cuántos títulos no registran obras ni trabajos en los plazos legales y adelante los procesos de caducidad que el Código de Minas ya contempla.

2. Áreas liberadas con destino definido. Que las áreas recuperadas se prioricen para dos fines: la formalización de pequeños mineros y cooperativas, y los proyectos de minerales estratégicos con inversionistas que demuestren capacidad real.

3. Costo creciente por inactividad. Que mantener un título quieto sea cada año más costoso, de modo que la especulación deje de ser negocio sin necesidad de acudir a la cárcel.

4. Transparencia en las cesiones. Que toda cesión de derechos mineros revele al beneficiario final, para cerrarle la puerta a los testaferros.

Después, el Legislativo: un tipo penal que sobreviva a la Corte

Agotada la vía administrativa, el Congreso puede cerrar el círculo con un delito de redacción estricta, dirigido solo contra el acaparamiento fraudulento. A manera de propuesta para la discusión:

Acaparamiento fraudulento de títulos mineros. El que, directamente o por interpuesta persona, obtenga, acumule o conserve títulos mineros o propuestas de contrato de concesión mediante el uso de testaferros, el fraccionamiento artificioso de áreas, la simulación de capacidad técnica o económica, o el suministro de información falsa a la autoridad minera, con el propósito de negociar el derecho o de impedir el acceso de terceros al área, incurrirá en prisión y multa en los términos que determine la ley. Parágrafo. La sola inactividad del título no constituye delito y se sancionará conforme al régimen administrativo minero.

Tres elementos le dan solidez: una conducta concreta, un medio fraudulento y una finalidad especulativa. El parágrafo protege al titular legítimo que explora con lentitud y responde de frente a la objeción que tumbó el delito de baldíos.

Democratizar la minería es abrirle la puerta a la inversión seria

Algunos verán en esta propuesta una amenaza para el inversionista extranjero. Es exactamente lo contrario. Los Acuerdos de Barranquilla, firmados este mes con Estados Unidos, incluyen un memorando sobre minerales críticos que compromete a Colombia con cadenas de suministro de tierras raras, litio, cobre y tungsteno. Ningún inversionista serio llegará a un país donde las mejores áreas están congeladas por especuladores. Liberar el subsuelo ocioso es la condición para que ese memorando se convierta en minas, empleos y regalías.

El Gobierno ha prometido seguridad, confianza inversionista y persecución de las economías ilegales. La democratización minera reúne las tres: le quita combustible a la ilegalidad, le abre espacio al pequeño minero y le ofrece al capital extranjero reglas claras sobre un subsuelo disponible. Invito al Ejecutivo a encabezar esta tarea, y al Congreso a acompañarla con una ley bien escrita.

Bienvenidos a la democratización minero-energética de la patria milagro.

César Augusto Valencia Mosquera es abogado, director de NEXA LEGAL, especialista en derecho penal, minería y prevención de riesgos jurídicos en el sector extractivo.

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