El Gobierno incluyó EfectIVA en su proyecto de reforma tributaria para devolver el IVA de manera individual a personas en pobreza o vulnerabilidad económica. La propuesta sustituiría el cálculo de la compensación por hogar por uno ligado al impuesto pagado en las compras. Su aplicación depende de la aprobación del Congreso.
Cómo funcionaría la devolución del IVA
La Dian determinaría el IVA pagado con información del sistema de facturación electrónica. Para asociar una compra con quien recibiría la devolución, el consumidor tendría que pedir la factura con su número de cédula. Ese documento permitiría identificar la operación, pero no reemplazaría la verificación de las condiciones sociales de acceso.
El cálculo se haría sobre el impuesto, no sobre el precio completo. Si una compra de 119.000 pesos incluye 19.000 pesos de IVA, a una persona clasificada para recibir el 50 % le corresponderían 9.500 pesos de devolución. El pago estaría sujeto al cumplimiento de las condiciones y al margen disponible dentro del límite mensual.
El artículo 38 fija una devolución del 100 % del IVA para quienes estén en pobreza extrema o pobreza y para el tramo de menores ingresos de la población vulnerable. A los demás tramos de vulnerabilidad, ordenados de menor a mayor ingreso, les corresponderían porcentajes del 50 %, 40 % y 30 %. El Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda definirían los cortes de ingreso y su relación con las categorías de focalización.
El Gobierno proyecta la devolución completa para unos 19 millones de personas y una devolución de hasta la mitad del impuesto para otras 16,5 millones. Esas cifras estiman la cobertura, no establecen cuánto recibiría cada beneficiario: el porcentaje individual dependería de su clasificación y de las reglas que se adopten.
El proyecto establece un tope mensual de hasta 5,5 unidades de valor tributario (UVT) por persona. Hacienda definiría cada año el límite aplicable al siguiente. Un mismo impuesto no podría devolverse dos veces, aunque la compra se atribuyera a distintos integrantes del hogar. También se prevén reglas para compras a crédito, pagos parciales y compras destinadas al consumo común.
Pagos y transición a EfectIVA
Prosperidad Social tendría a cargo el reconocimiento, la liquidación y el pago. Verificaría las condiciones de acceso en ciclos de hasta dos meses y liquidaría, dentro de ellos, devoluciones correspondientes a periodos de máximo quince días calendario. El dinero se abonaría en un producto de depósito a nombre del beneficiario; quien no lo tenga podría cobrar lo acumulado por giro postal u otra modalidad en efectivo, mensual o bimestralmente.
La propuesta sitúa el comienzo de EfectIVA el 1 de enero de 2028 y contempla un giro anticipado, a más tardar el 20 de diciembre de 2027. Ese adelanto correspondería a quince días del primer periodo de aplicación: no sería un pago adicional. Antes se realizaría un piloto en el que una muestra de beneficiarios conservaría la compensación habitual, sin pagos calculados mediante EfectIVA.
Los hogares que reciban la compensación al cierre de 2027 continuarían con ella hasta que sus integrantes pasen al nuevo mecanismo. El traslado se haría en un mismo ciclo, sin interrumpir el beneficio, y la suma de las devoluciones individuales no podría ser inferior a la compensación anterior. El proyecto ya radicado debe superar cuatro debates en el Congreso; después correspondería reglamentar, entre otros asuntos, los cortes de ingreso, los canales de pago y la transición.

















