El Ministerio del Trabajo recordó que los trabajadores, sean públicos o privados, tienen derecho a participar en las jornadas de movilización convocadas para el 28 y 29 de mayo, sin que ello pueda dar lugar a sanciones.
Esa fue la consigna de la circular No. 0061, firmada por el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, en donde sostuvo que para los órganos internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la protesta social constituye un mecanismo legítimo para la defensa de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
Agregó que la Corte Constitucional, en su Sentencia C-090 de 2024, reiteró que el ejercicio de este derecho por parte de los trabajadores no puede ser restringido ni sancionado por los empleadores, en ninguna circunstancia.
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En atención a estos hechos el Ministerio destacó la importancia de brindar garantías para que los trabajadores puedan ejercer su libre derecho a la protesta si así lo desea.
“En esta instancia, se recuerda como estos derechos, que se fundamentan en el principio de dignidad humana, reconocen la autodeterminación de las personas trabajadoras para expresar sus opiniones y demandas, sin que ello comprometa sus condiciones vitales mínimas ni genere consecuencias adversas en el entorno laboral”, indicó la cartera del Trabajo.
El Ministerio enfatizó que a través de sus facultades se podría iniciar investigación ante la eventual vulneración de estos derechos.
De Colprensa para Nación Costeña.