En el Acuerdo Municipal No. 008 de 2024, se autoriza al Alcalde de Sogamoso a constituir una Sociedad de Economía Mixta. No obstante, esta autorización carece de un estudio técnico y financiero que demuestre la viabilidad de su creación, como lo exige el artículo 69 de la Ley 489 de 1998.
Falta de estudios demostrativos
En este sentido, el proyecto de Acuerdo que dio origen al Acuerdo No. 008 de 2024 no incluyó el estudio que evalúa la viabilidad jurídica, financiera, técnica, administrativa y ambiental de la iniciativa. Además, la ausencia de especificaciones genera aún más incertidumbre; el Acuerdo no menciona la duración de la Sociedad de Economía Mixta ni el aporte del municipio, lo que complica la gestión de recursos públicos.
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Dirección y administración ambiguas
Por otra parte, el Acuerdo también presenta deficiencias en la dirección y administración. En particular, no detalla los órganos de dirección y administración ni la forma de designación de sus miembros. Esta omisión podría afectar la transparencia en la gestión de la nueva entidad, lo que es fundamental para ganar la confianza de la ciudadanía.
Solicitud de información
Ante esta situación, el 30 de septiembre de 2024, presenté un derecho de petición al municipio de Sogamoso solicitando información sobre varios aspectos cruciales. Entre los elementos solicitados se encuentran:
- Estudios técnicos: Copias de todos los estudios técnicos de referencia para el servicio de alumbrado público, conforme a la regulación vigente.
- Viabilidad del Acuerdo: Documentación sobre los estudios de viabilidad que respaldan el proyecto de Acuerdo No. 017 de 2024.
- Expediente contractual: Detalles del contrato de consultoría CM-MS-012024, que analiza la prestación del servicio de alumbrado público.
- Impuesto de alumbrado público: Copia del acuerdo que creó el impuesto de alumbrado público y modificaciones posteriores.
Vulneración del derecho de petición
Sin embargo, ante la falta de respuesta, interpuse una acción de tutela en el Juzgado Diecinueve Civil Municipal por vulneración del derecho de petición. El 18 de octubre de 2024, la secretaria de infraestructura del municipio respondió a mi solicitud con el oficio 2024300001761, proporcionando información relevante que aclara algunos aspectos del proceso.
En conclusión, la creación de la Sociedad de Economía Mixta en Sogamoso presenta retos significativos. La falta de estudios adecuados y la ambigüedad en el Acuerdo Municipal pueden obstaculizar el desarrollo eficiente y transparente de la nueva entidad. Por lo tanto, es crucial que se realicen las investigaciones necesarias para asegurar que esta iniciativa beneficie a la comunidad y promueva un uso responsable de los recursos públicos.