martes, agosto 18, 2026
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Cabal cuestiona la petición de Petro para responder a la alocución de De La Espriella

La senadora María Fernanda Cabal objetó la solicitud de Gustavo Petro de acceder a una réplica tras la primera alocución del presidente Abelardo De La Espriella. La discusión gira en torno a el derecho de réplica previsto en el Estatuto de la Oposición y a quién puede ejercerlo ante intervenciones presidenciales.

La solicitud tras la alocución

De La Espriella realizó su primera alocución el 17 de agosto, centrada en la atención a los damnificados por el terremoto y en la reconstrucción de las zonas afectadas. Después de esa intervención, Petro pidió a través de su cuenta de X un espacio para responder por los canales nacionales.

El expresidente planteó que buscaba cuestionar la eficacia de la ayuda entregada a las víctimas del sismo y exponer lo que consideró el rumbo que debería seguir la sociedad colombiana. Su mensaje pidió la réplica que ordena la ley para hablar en todos los canales.

Cabal respondió que Petro no debe solicitar ese espacio porque no es senador, jefe de la oposición ni vocero del Pacto. La congresista sostuvo que la réplica del Estatuto de la Oposición es de los partidos y que corresponde ejercerla a sus voceros.

El cruce ocurre en medio de la respuesta estatal a la emergencia ocasionada por el terremoto de magnitud 7,4 del 10 de agosto, que ha dejado más de 280 fallecidos y miles de damnificados. El Gobierno declaró el estado de emergencia económica y creó el Fondo Milagro para enfrentar la catástrofe.

Las reglas de la réplica

La Ley 1909 de 2018, conocida como Estatuto de la Oposición Política, establece que las organizaciones políticas que se hayan declarado oficialmente en oposición pueden acceder a la réplica frente a alocuciones o ataques públicos del presidente y otros altos funcionarios.

El artículo 13 dispone que la Autoridad Electoral debe asignar espacios adicionales en medios de comunicación del Estado y en aquellos que usan el espectro electromagnético a las organizaciones políticas con representación en corporaciones públicas de elección popular que se declaren en oposición.

Para radio y televisión, la norma contempla al menos 30 minutos mensuales en las franjas de mayor sintonía en cada canal y emisora. También encarga a la Autoridad Electoral definir la duración, frecuencia y fechas de emisión, con apoyo técnico de la Autoridad Nacional de Televisión y del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

La regulación señalada indica que el derecho debe ser ejercido por voceros autorizados de las organizaciones inscritas en oposición ante el Consejo Nacional Electoral. Bajo ese marco, la petición pública de Petro abrió una controversia política sobre la aplicación de la réplica después de la alocución presidencial.

Mientras se desarrolla esa discusión, el Ejecutivo puso en marcha el plan Vivienda Milagro, liderado por el ministro de Vivienda, Jaime Andrés Beltrán. La iniciativa contempla subsidios de arriendo, alivios en servicios públicos y soluciones habitacionales para más de 120.000 familias damnificadas en Chocó, Valle del Cauca y la región cafetera.

Para las labores de reconstrucción, el Gobierno movilizó un crédito internacional por 200 millones de dólares. La atención a los afectados y las medidas anunciadas por el Ejecutivo se mantienen como el asunto de fondo de la disputa abierta por la solicitud de réplica.

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