miércoles, octubre 28, 2026
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Tribunal de Bogotá revoca tutela y retira condiciones a bombardeos

El Tribunal Superior de Bogotá revocó la tutela que imponía condiciones adicionales a ciertas operaciones aéreas de las Fuerzas Militares ante la posible presencia de menores reclutados. Las medidas quedaron sin efecto, pero siguen vigentes los deberes de protección de la población civil.

Alcance para los bombardeos militares

El fallo de primera instancia había fijado condiciones para determinadas operaciones aéreas cuando existiera información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados. Ese era el supuesto bajo el cual debían aplicarse las medidas adicionales.

Las medidas incluían reforzar la verificación de inteligencia, evaluar los riesgos para los menores y considerar alternativas menos lesivas para alcanzar los objetivos militares. La revocatoria retiró esas exigencias específicas para planear y ejecutar las operaciones, no las obligaciones generales de las Fuerzas Militares.

Sus actuaciones siguen sujetas a la Constitución, la ley y el Derecho Internacional Humanitario, incluidos los principios de distinción, proporcionalidad y precaución. El retiro de las condiciones tampoco autoriza ataques indiscriminados en zonas donde pueda haber menores.

Por qué se revocó la tutela

La Sala de Familia declaró improcedente la acción el 23 de octubre y revocó el fallo que el Juzgado 34 de Familia de Bogotá había emitido el 16 de septiembre. El Gobierno había impugnado esa decisión. La solicitud buscaba proteger a menores que podrían encontrarse en zonas de operaciones militares tras haber sido reclutados por grupos armados ilegales.

De acuerdo con la información divulgada por la Presidencia, el tribunal consideró que la tutela no identificaba personas determinadas ni operaciones concretas para establecer una amenaza inminente. También sostuvo que las pretensiones colectivas y estructurales debían tramitarse mediante los mecanismos judiciales correspondientes.

La decisión abordó asimismo el Plan Nacional de Prevención del Reclutamiento de menores de edad. Según la información del Gobierno, la Ley 2590 de 2026 concede al Ejecutivo un año desde su expedición para implementar ese instrumento. El plazo señalado llega hasta julio de 2027.

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