El Consejo de Estado suspendió provisionalmente la resolución del Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE) que declaró hábiles varios sábados, domingos y festivos entre el 11 de julio y el 2 de agosto de 2026 para adelantar trámites precontractuales, contractuales y presupuestales del Gobierno nacional.
La decisión del alto tribunal deja sin efectos la medida mientras se estudia la demanda de nulidad presentada contra el acto administrativo, al considerar que existen elementos suficientes para cuestionar su legalidad.
Según el despacho judicial, la resolución presentaba una contradicción entre su objetivo y las obligaciones impuestas a los funcionarios. Aunque el DAPRE argumentó que la habilitación de esos días buscaba únicamente agilizar el conteo de términos en los procesos contractuales, también ordenó programar la asistencia de servidores públicos durante esas jornadas sin reconocer el pago de horas extras ni la remuneración adicional correspondiente al trabajo en domingos y festivos.
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El Consejo de Estado advirtió que esa disposición podría vulnerar los derechos laborales de los servidores públicos, debido a que la legislación vigente establece que quienes laboran en domingos y festivos tienen derecho a recibir el pago del recargo o a un día de descanso compensatorio.
Además, el tribunal consideró que la resolución modificaba el cómputo de los plazos previstos para los procesos de contratación estatal, una situación que también podría afectar a terceros, entre ellos proponentes, contratistas y demás participantes de las licitaciones públicas, quienes calculan sus actuaciones con base en los días hábiles definidos por la ley.



