viernes, septiembre 20, 2024
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Funcicar alertó y alcaldía local 3 en Cartagena anuló contratos.

La alcaldesa de la Localidad 3 Yucelis Garrido, tomó la decisión de revocar el proceso de contratación por $900 millones destinado a la mejora de las canchas en los sectores de El Socorro y El Campestre.

Esta acción fue motivada por diversas razones, que pueden incluir preocupaciones sobre la transparencia del proceso, la falta de cumplimiento con los estándares requeridos en el proyecto, o la necesidad de ajustar el presupuesto a las realidades económicas actuales.

Es crucial que los procesos de contratación pública sean llevados a cabo con la mayor claridad y rigurosidad, asegurando que los recursos se utilicen de manera efectiva y que las comunidades se beneficien realmente de las obras propuestas.

La alcaldesa ha resaltado la importancia de priorizar la calidad y la transparencia en la gestión pública, razón por la cual considera fundamental revisar y, en su caso, reiniciar el proceso de contratación para garantizar que se cumplan estos principios.

Haber revocado los contratos, abre la puerta a la posibilidad de redefinir el alcance del proyecto, buscar alternativas más sostenibles y asegurar que la comunidad reciba el valor adecuado por la inversión pública.

Además, se espera que esta decisión permita involucrar a los ciudadanos en un diálogo sobre sus necesidades y expectativas respecto a las infraestructuras deportivas en su localidad.

Funcicar ha manifestado preocupación por presuntas irregularidades en el proceso de selección reciente, alertando sobre diversos aspectos que no se ajustan a la normativa vigente. Entre las irregularidades observadas, destaca que no se respetaron los 5 días hábiles para la publicidad y presentación de observaciones, un plazo estipulado en el Decreto 1082 de 2015 para procesos de selección abreviada.

Además, @Funcicar indicó que el anexo técnico carecía de especificaciones claras sobre los ítems a contratar y no ofrecía información sobre el estado actual de los escenarios deportivos a intervenir.

Aunque se presentaron cantidades de obra, los documentos anexos mostraron solo unos planos sin detalles concretos.

La exigencia de experiencia en la construcción de canchas o escenarios deportivos podría limitar la diversidad de oferentes. A pesar de que el proceso era para mejoramiento y no construcción, se solicitaba que los interesados tuvieran experiencia en construcciones previas.

Otro aspecto cuestionado es que se requería que las empresas interesadas hubieran ejecutado un contrato con un valor igual o superior al presupuesto del nuevo proceso.

Esta condición podría excluir a ciertas compañías que, a través de varios contratos menores, no logran cumplir con este requisito, según detalló Funcicar a Nación Costeña.

¿Qué Implica descartar o revocar un proceso?

Funcicar explicó que los procesos públicos son anunciados en un estado de «borrador», permitiendo a los interesados presentar observaciones.

La entidad está obligada a responder a estas observaciones si decide seguir adelante con el proceso. Durante esta etapa, la entidad convocante tiene la facultad de revocar el procedimiento si considera necesario realizar ajustes, siempre que no se haya emitido el acto administrativo de apertura, el cual establece la intención de avanzar con el contrato.

Para más información sobre este tema y otros asuntos de interés público, mantente conectado con NaciónCosteña.com

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