El recargo dominical al 90% comenzó a regir en Colombia el 1 de julio de 2026 y obliga a ajustar el pago de quienes trabajan domingos y festivos. Dos semanas después, el 15 de julio de 2026, entrará en vigor el tope de 42 horas semanales para la jornada ordinaria, con impacto directo en turnos, horas extra y recargos.
El recargo sube por la Ley 2466 y ya tiene cronograma hasta 2027
El aumento del recargo por laborar en días de descanso obligatorio hace parte de la aplicación gradual de la Ley 2466 de 2025, conocida como reforma laboral. En esta etapa, el recargo pasa a 90% sobre el valor de la hora ordinaria y se mantendrá así hasta junio de 2027, antes de subir a 100% en julio de 2027.
El cronograma ya venía con un recargo de 80% entre julio de 2025 y junio de 2026, tras haber estado en 75% hasta junio de 2025. En la práctica, el ajuste se siente con más fuerza en empresas y trabajadores con programación habitual de domingos o festivos, porque cambia la forma de liquidar esos días en cada pago mensual.
A ese cálculo se suma una regla que ya estaba vigente: desde el 25 de diciembre de 2025, la jornada nocturna 7:00 p.m. a 6:00 a.m. tiene recargo nocturno del 35%, que también aplica a horas extra nocturnas. Daniel Contreras, socio de Godoy, advirtió que el costo puede aumentar cuando un turno dominical coincide con horario nocturno, por la acumulación de recargos.
Jornada máxima de 42 horas: qué no cambia y dónde se concentra el ajuste
El segundo movimiento de julio tiene fecha distinta: desde el 15 de julio de 2026 culmina la reducción gradual prevista en la Ley 2101 de 2021 y la jornada máxima legal ordinaria baja de 44 a 42 horas semanales. Laura Pérez, abogada especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, explicó que la reducción no implica disminuir salario, prestaciones ni el valor de la hora ordinaria.
El cambio se concentra en cómo se distribuye el tiempo dentro del nuevo límite. Pérez señaló que, en los esquemas del artículo 165 del Código Sustantivo del Trabajo para periodos de tres semanas, el máximo permitido también se reduce: pasa de 138 a 132 horas y, desde el 15 de julio de 2026, a 126 horas.
Además, el nuevo tope modifica bases de cálculo usadas en nómina. Con 42 horas semanales, la jornada mensual quedará en 182 horas y las horas incluidas en el sueldo pasarán a 214, de acuerdo con el detalle del cronograma de reducción progresiva.
Turnos, horas extra y riesgo de sanciones: el mes exige recalibración de sistemas
Para las áreas de talento humano y nómina, el reto de julio es que las disposiciones no arrancan el mismo día. Carolina Castro de la Torre, directora del área de Derecho Laboral de Posse Herrera, recomendó especial cuidado en la parametrización, porque las horas que excedan las 42 semanales solo se considerarán extras a partir del 15 de julio.
Los especialistas coinciden en que no se trata solo de “mover horarios”. Las empresas deben revisar programación de turnos, cargas de trabajo y ciclos de rotación, especialmente en operaciones nocturnas o de fin de semana como comercio, servicios, logística, vigilancia, BPO, salud, bares y restaurantes, hotelería y centros de contacto.
En 2026, el costo laboral también incorpora el salario mínimo $1.750.905 y el auxilio de transporte de $249.095 para quienes devengan hasta dos salarios mínimos. En ese escenario, el principal riesgo está en la liquidación: errores en el registro de horas extra o en el pago de recargos pueden derivar en sanciones del Ministerio del Trabajo y en reclamaciones judiciales por pagos incompletos.














