La condena a la fiscal de Pereira quedó en firme tras una decisión de la Corte Suprema de Justicia que la sentenció a 70 meses de prisión por dos prevaricatos relacionados con interceptaciones telefónicas y el archivo de una actuación.
Un fallo de la Sala Penal cambió el sentido de la segunda instancia
La Sala de Casación Penal resolvió las apelaciones y revocó parcialmente la absolución que había dictado el Tribunal Superior de Pereira el 15 de agosto de 2025. El alto tribunal plasmó su decisión en la sentencia SP598-2026 (Rad. 70393), con ponencia del magistrado José Joaquín Urbano Martínez y fecha 17 de junio de 2026.
La condenada es María Eugenia Taborda Franco, quien se desempeñaba como Fiscal 31 Seccional de Pereira y coordinadora de la Unidad Regional de Antinarcóticos (URA) del Eje Cafetero. La Corte revisó su actuación dentro de una investigación ligada a estructuras mencionadas en el proceso como «Cordillera», «Tellus», «Zombis» y «Némesis», en lo relativo a interceptaciones y decisiones posteriores.
Interceptaciones por 180 días y un archivo con argumentos que la Corte consideró falsos
De acuerdo con la sentencia, el 12 de marzo de 2019 Taborda Franco suscribió, con apoyo del investigador Carlos Iván Salguero, una constancia sobre una supuesta “fuente humana no formal”. Esa fuente habría señalado a dos funcionarios de la Fiscalía de filtrar información a la organización «Cordillera».
Para la Corte, en el proceso se acreditó que no existía registro de ingreso de esa fuente a las instalaciones, por lo que concluyó que no existió. Aun así, con base en esa constancia, la fiscal ordenó interceptar durante 180 días dos líneas telefónicas sin corroborar la información ni verificar la identidad de los titulares.
Las líneas correspondían a sus colegas Andrés González Tamayo y Diego Alejandro Nova Guevara, fiscales que investigaban esas estructuras. En el cierre de la actuación, la Corte indicó que el 31 de marzo de 2020 Taborda Franco ordenó archivar el caso por “inexistencia del hecho” y reiteró información que, para la Sala, ella sabía falsa, además de dirigir la actuación contra personas “no identificadas” pese a conocer quiénes eran los interceptados.
El fallo sostuvo que el propósito probado era conocer anticipadamente decisiones que afectarían a esas organizaciones para favorecer a integrantes. En ese punto mencionó a Eliana Patricia Aguirre Ramírez —identificada como jefe financiera de «Zombis II» y ya condenada por concierto para delinquir—, con quien, según la sentencia, la fiscal mantenía una amistad.
Delitos que quedaron en la condena, absoluciones confirmadas y orden de captura
La Corte condenó a Taborda Franco por dos delitos de prevaricato por acción: por la orden de interceptación del 12 de marzo de 2019 y por la orden de archivo del 31 de marzo de 2020. Además, la halló responsable de violación ilícita de comunicaciones en modalidad simple, al no probarse que hubiera revelado o usado el contenido de las conversaciones.
En cambio, el alto tribunal confirmó la absolución por falsedad ideológica en la constancia del 12 de marzo de 2019 y por prevaricato en las solicitudes de legalización del 9 y 12 de abril de 2019. La sentencia explicó que la Fiscalía no aportó los registros de esas audiencias, un punto que resultó determinante para sostener esa parte del fallo absolutorio.
La pena quedó en 70 meses de prisión, multa de 83.32 SMLMV e inhabilitación de 110 meses para ejercer derechos y funciones públicas. La Corte negó la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria por prohibición legal, y ordenó librar captura una vez la sentencia quedó en firme. También compulsó copias a la Fiscalía para que indague por qué las líneas de los dos fiscales habrían permanecido activas en el sistema de monitoreo incluso después de la orden judicial de cancelación.
Documento de la sentencia completa aquí:
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